Entrar


Misión Tecnológica de Chile: Cooperativas y Desarrollo Sustentable – Generación Eléctrica a través de Energías Renovables No Convencionales

Entre los días 9 a 14 de agosto de 2009 se desarrolló  la MISION TECNOLOGICA DE CHILE: COOPERATIVAS Y DESARROLLO SUSTENTABLE – GENERACION ELECTRICA A TRAVES DE ENERGIAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES, la cual consistió en visitar  diferentes entidades brasileñas que generan  electricidad a través de energías renovables no convencionales y que investigan en estas materias.

 

Esta Misión Tecnológica fue organizada por la Embajada de Chile en Brasil y participaron en ella los funcionarios del Departamento de Cooperativas señores Luciano Achurra (Jefe de la Misión) y Alberto Saiz y los gerentes de las cooperativas eléctricas de Los Ángeles y de San Pedro de Atacama, señores José Luis Neira y Juan García respectivamente.

 

Las entidades visitadas fueron las siguientes:

 

1. Ministério de Agricultura de Brasil (sede São Paulo).

 

Presentación de las políticas brasileñas para fomento al cooperativismo y a la producción y consumo de energías renovables y alternativas.

2. Instituto de Electrotécnica y Energía de la Universidad de Sao Paulo.

 

Aplicaciones de la energía solar fotovoltaica.

 

3.  Compañía Paranaense de Energía (COPEL).

 

Visita a la central eólica  ubicada en  Palmas, Estado de Paraná.

 

4. Empresa Brasileña de Investigación Agropecuaria (EMBRAPA) Unidad de Porcinos y Aves.

 

Visita a la planta piloto de producción de biogás a partir de desechos de porcinos de EMBRAPA, ubicada en la ciudad de Concordia, Estado de Santa Catarina.

 

5. Empresa de Industria y Comercio de Biodiesel Sul de Brasil S.A. (BSBIOS).

 

Visita a la planta de producción de Biodiesel, ubicada en la ciudad de Passo Fundo, Estado de Río Grande do Sul.

 

6. Cooperativa Regional de Electrificación Rural del Alto Uruguay  (CRERAL).

Visita a la Pequeña Central Hidroeléctrica de la cooperativa, ubicada en la ciudad de Nonoai, Estado de Rio Grande do Sul.

 

Ley de Energías Renovables No Convencionales N° 20.257

 

En relación con la producción de energías    renovables no    convencionales (ERNC) en Chile, cabe mencionar que  el 1 de abril de 2008 entró en vigencia la Ley 20.257 que establece una obligación para las empresas eléctricas en términos de que un porcentaje de la energía comercializada provenga de fuentes ERNC.

 

Las disposiciones principales de esta ley son:

 

• Cada empresa eléctrica que efectúe retiros de energía desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 200 MW (es decir, el Sistema Interconectado del Norte Grande  y el Sistema Interconectado Central) para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales, deberá acreditar que una cantidad de energía equivalente al 10% de sus retiros en cada año calendario haya sido inyectada a cualquiera de dichos sistemas, por medios de generación renovables no convencionales, propios o contratados.

 

• Entre los años 2010 y 2014, la obligación de suministrar energía con medios renovables no convencionales será de 5%. A partir de 2015, este porcentaje se incrementará en 0,5% anual, hasta llegar al 10% en el año 2024. Este aumento progresivo se aplicará de tal manera, que los retiros afectos a la obligación el año 2015, deberán cumplir con un 5,5%, los del año 2016 con un 6% y así sucesivamente, hasta alcanzar el año 2024 el 10% provisto.

 

• La empresa eléctrica que no acredite el cumplimiento de la obligación al 1 de marzo siguiente al año calendario correspondiente, deberá pagar un cargo, cuyo monto será de 0,4 UTM20 por cada MWh de déficit respecto de su obligación. Si dentro de los tres años siguientes incurriese nuevamente en incumplimiento de su obligación, el cargo será de 0,6 UTM por cada MWh de déficit.

• Esta obligación regirá a contar del 1 de enero del año 2010, y se aplicará a todos los retiros de energía para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales cuyos contratos se suscriban a partir del 31 de agosto de 2007, sean contratos nuevos, renovaciones, extensiones u otras convenciones de similar naturaleza.

 

Es importante notar que los elementos introducidos por la Ley 20.257 crean una demanda por energía renovable no convencional dentro del sector eléctrico con lo que se introducen nuevos intercambios económicos entre las empresas a nivel del mercado mayorista.

 

Imprimir  

 

 

Privacidad | Mapa del Sitio | Contacto
Departamento de Cooperativas | Ministerio de Economía | ©2007
Avenida Libertador Bernardo O'higgins (Alameda) Nro. 1449, Torre 2 Edificio Santiago Down Town, 1er Piso, Local 7, Santiago
Fonos (2) 473 34 61 - (2) 473 34 58 - (2) 473 35 91